La prueba Judicial 

02.3.2023

En un conflicto jurídico no basta con tener la razón, ni cumplir los plazos procesales del proceso, lo importante es probar que tienes razón (jurídica)

 La prueba judicial, por tanto,  es un elemento fundamental en cualquier proceso judicial, y en España no es una excepción. En este país, la prueba se rige por la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establecen las reglas y los procedimientos para la obtención de pruebas durante un juicio. Como dice José Ramón Chaves: “hay que distinguir entre la verdad real, la verdad percibida por las partes y la verdad probada (esta última se viste de "cosa juzgada").

 

En el ámbito civil,  Art 217 , 265 y siguientes de la LEC, la prueba se puede obtener a través de diferentes medios, como documentos, testigos, peritos, inspección judicial y reconocimiento judicial. Las partes tienen el derecho de proponer las pruebas que consideren necesarias para su defensa, y el juez o tribunal debe admitirlas o rechazarlas en función de su pertinencia y relevancia para el caso.

 En el ámbito Administrativo la prueba se regula en la ley 39 de la LJCA , en concreto el  art 60 que establece que no solo en la demanda hay que hablar de los hechos sino de los  medios de prueba que se propongan". El problema que se plantea es si resulta subsanable esta carencia con ocasión del recurso de reposición frente al auto que deniega la prueba por no identificar tales medios. Tras un período transitorio, parece que la solución mayoritaria en los tribunales —no unánime— es no considerarlo subsanable en el recurso de reposición. En cambio, si se identifica el medio de prueba (p. ej., perito o testigo), pero falta alguna circunstancia (identificación precisa, especialidad, etcétera), sí sería subsanable en el recurso de reposición.

 

En el ámbito penal, la prueba se obtiene principalmente a través de la práctica de la prueba testifical, pericial y documental. La obtención de pruebas en el proceso penal está regulada por las garantías constitucionales de los derechos fundamentales, como la presunción de inocencia, la defensa, el derecho a un juicio justo y la inviolabilidad del domicilio.

 

La prueba judicial en España tiene una serie de características importantes, como la publicidad, la oralidad y la inmediación. La publicidad se refiere a que cualquier persona tiene acceso a las actuaciones judiciales, salvo las excepciones previstas por la ley. La oralidad implica que la prueba se practica en audiencia pública, y la inmediación se refiere a que el juez o tribunal debe estar presente en la práctica de la prueba para valorarla directamente.

En conclusión, la prueba judicial en cualquier proceso judicial en España,  es un elemento esencia  del Juicio y hace ganar o perderlo, por encima de otras consideraciones. Las leyes establecen las reglas y los procedimientos para su obtención, y las partes tienen derecho a proponer las pruebas que consideren necesarias para su defensa. La prueba se rige por los principios ya comentados , que garantizan la transparencia y la imparcialidad del proceso judicial.